may 12

Testamentos en España para personas de otra nacionalidad

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Muchas son las dudas que asaltan a los no residentes sobre como se llevará a cabo el reparto de sus bienes situados en España cuando ellos mueren. Cuando usted esté en esta situación, le aconsejamos que siempre haga un testamento por los bienes que tiene en territorio español, de esta forma facilitará la tramitación de su herencia a sus hijos o a cualquier otra persona que tenga interés directo en su herencia.

El testamento es individual y personal y debe ser firmarlo ante notario y a doble columna, esto es, en lengua española y en el idioma de su país. El original de este testamento será guardado por el Notario, y una notificación de su realización se enviará al Ministerio de Justicia. Del contenido del testamento nada se sabrá hasta la muerte del testador.

En la mayoría de los casos la fórmula más utilizada suele ser que sea el viudo o viuda quién tome posesión de los bienes y derechos dejados a la muerte del causante, por ejemplo, de esta forma es posible que la viuda pueda seguir haciendo uso de la vivienda que el marido tenía en propiedad,o viceversa, mientras uno de los dos sobreviva, para que en un segundo momento esta propiedad pase a los hijos por partes iguales o bien a los herederos que se hayan designado al efecto, todo ello siempre respetando la ley personal que rige en cada pais de origen, pues será en la mayoría de la casos la que prevalezca.

Si desea una información más personalizada puede plantearnos su situación personal y le daremos la solución que más se ajuste a sus deseos.